CONSECUENCIAS QUE TIENE EL ACOSO LABORAL DE LAS MUJERES EN MÉXICO PARA PROPONER ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN

Autores

  • Cynthia del Carmen Villacis Gerónimo Universidad Juárez Autónoma de Tabasco
  • José Antonio Morales Notario Universidad Juárez Autónoma de Tabasco

DOI:

https://doi.org/10.22478/ufpb.2179-7137.2017v6n3.35371

Palavras-chave:

Mobbing, derechos, trabajador, integridad física y psicológica.

Resumo

En México el acoso laboral es un problema actual ya que con la llegada de los derechos humanos en el siglo XlX con la promulgación de la Ley de Procuraduría de Pobres de 1847, la sociedad ha conocido que las personas tiene derechos y obligaciones, uno de los derechos es el buen trato en el trabajo, tener un ambiente sano y respetar y ser respetado. Al analizar las características, componentes y desarrollo del proceso del acoso laboral (mobbing) en el ámbito del trabajo, cada persona actúa con diferente responsabilidad, obligaciones y manera de pensar, cumpliendo así su desempeño de manera eficaz. Sin embargo, tiene ventajas, y desventajas ya que un trabajador (a) puede sufrir de acoso laboral o (mobbing), y veremos el comportamiento, sensibilidad y vulnerabilidad de los trabajadores a esta situación, ya que cada vez es más frecuente en los centro de trabajo y éste constituye uno de los lugares más importantes de nuestra vida, ahí pasamos el mayor tiempo del día; el empleo es básico para el crecimiento económico ya que de éste depende miles de personas y familias, ya que el salario es el sustento de muchas familias mexicanas, (Arciniega, 2017). La expresión mobbing tiene orígenes especialmente en Suecia, donde se empleó por primera vez para describir la conducta hostil del patrón hacia el trabajador. Heinz Leymann investigó el fenómeno en la década de 1980, y fue quien utilizó por primera vez el término mobbing ¿qué significa? El concepto en sí es la conducta abusiva y, especialmente, los comportamientos, palabras, actitudes, gestos que puedan atentar la dignidad o la integridad física o psíquica de un individuo, poniendo en peligro su empleo, o degradando el ambiente de trabajo; esto sucede cuando otro empleado o su jefe se dedican a hostigarlo (a) Martínez León, 2012).

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Biografia do Autor

Cynthia del Carmen Villacis Gerónimo, Universidad Juárez Autónoma de Tabasco

Estudiante de la Licenciatura en Derecho de la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco

José Antonio Morales Notario, Universidad Juárez Autónoma de Tabasco

Profesor Investigador con Licenciatura en Derecho, Maestría en Administración de Justicia y Doctorado en Derecho.

Referências

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.

Arciniega, Rosa Silvia; (2009). El Acoso Moral (Mobbing) en las Organizaciones

Laborales. Psicología Iberoamericana, Julio-Diciembre, 13-23. Recuperado en http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=133912609003

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, (1917). Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federación. Última Reforma DOF 24-02-2017. Recuperado en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_240217.pdf

___________________________________________, (1970). Ley Federal del Trabajo.

Diario Oficial de la Federación. Última Reforma DOF 12-06-2015. Recuperado en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_120615.pdf

Carrasco Fernández, (2012). Discriminación Laboral por motivos de género.

Universidad Nacional Autónoma de México. Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Recuperado en https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3142/8.pdf

Cortés Villegas, (s. f.). El mobbing: Síndrome de Heinz Leymann. Colegio Mexicano

del Derecho en la Seguridad Social. Recuperado en http://www.izt.uam.mx/sotraem/Documentos/AMET2011/REC/TEXTO/10/10_08.pdf

Instituto Nacional de Estadística y Geografía [INEGI], (2011). Panorama de Violencia

contra las mujeres en Tabasco. Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares, ENDIREH 2011. ISBN 978-607-494-691-8. Recuperado en http://internet.contenidos.inegi.org.mx/contenidos/productos/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/nueva_estruc/702825051228.pdf

Martínez León, Irurtia Muñiz, Camino Martínez León, Torres Martin y Queipo Burón,

(2012). El acoso psicológico en el trabajo o Mobbing: patología emergente. Mobbing in the workplace: emergent pathology. Gaceta Internacional de Ciencias Forenses. Nº 3. ISSSN 2174-9019. Recuperado en http://www.uv.es/gicf/3Ar1_Mtz_Leon_GICF_03.pdf

NOTIMEX, (2016). Avalan reformas para castigar el acoso laboral. Excelsior. Grupo

Imagen Medios de Comunicación, S. A. de C. V. Recuperado en http://www.excelsior.com.mx/nacional/2016/11/02/1125817#view-5

Robbins y Judge, (2009). Comportamiento Organizacional. Decimotercera edición. San

Diego State University y University of Florida. Pearsons Educación, México. ISBN: 978-607-442-098-2. Recuperado en https://psiqueunah.files.wordpress.com/2014/09/comportamiento-organizacional-13a-ed-_nodrm.pdf

Secretaría de Gobernación [SEGOB], (2013). Reforma laboral, derecho del trabajo y

justicia social en México. Unidad de Asuntos Jurídicos. Primera Edición. ISBN: 978-607-427-217-8. Recuperado en http://ordenjuridico.gob.mx/Publicaciones/Libros2013/laboral-2013-web.pdf

Sieglin, (2016). Acoso Laboral y culturas organizacionales. Ciencia y Sociedad.

Universidad Autónoma de Nuevo León. Año 19, Nº 80. Recuperado en http://eprints.uanl.mx/11365/1/Documento0.pdf

Publicado

2018-01-22

Como Citar

VILLACIS GERÓNIMO, C. del C.; MORALES NOTARIO, J. A. CONSECUENCIAS QUE TIENE EL ACOSO LABORAL DE LAS MUJERES EN MÉXICO PARA PROPONER ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN. Gênero & Direito, [S. l.], v. 6, n. 3, 2018. DOI: 10.22478/ufpb.2179-7137.2017v6n3.35371. Disponível em: https://periodicos.ufpb.br/ojs/index.php/ged/article/view/35371. Acesso em: 29 mar. 2024.

Edição

Seção

Género, trabajo y derechos humanos